Cuando los jueces no saben sumar

El juez del Tribunal Supremo Manuel Marchena ha archivado la causa en el Tribunal Supremo contra Baltasar Garzón por la financiación de sus cursos en la Universidad de Nueva York. La causa: el posible delito de cohecho está prescrito porque la querella se presentó 25 días después del plazo límite.

Este es uno de los muchos ejemplos del desprestigio de la justicia en la sociedad española. ¿Sabe sumar Marchena? ¿Necesitaba el recurso del fiscal para saber cuándo se cometió el presunto delito y compararlo con la fecha en que se puso la denuncia?

En mi artículo sobre la condena a Garzón por prevaricación, varias personas me criticaron por no haberme referido al contexto de la ofensiva judicial producida contra él. Es una crítica justa. Decidí centrarme en la sentencia porque eso es lo más importante en cualquier proceso judicial y porque planteaba cuestiones de principios que considero fundamentales. En otros artículos, la gente ha podido encontrar otros argumentos sobre la singular coincidencia de los tres procesos judiciales contra Garzón.

Donde no hay coincidencia ni azar es en la distinta velocidad de esos procesos. El caso por la investigación de los crímenes del franquismo ha avanzado a paso de tortuga reumática porque nadie cree que Garzón pueda ser condenado por él. Bueno, nadie menos los que creen que los crímenes de las dictaduras deben quedar impunes. Con independencia de que a estas alturas dudo mucho de que sea posible entablar un proceso judicial y conseguir condenas por esos hechos, que es el criterio que debe guiar a un juez, está claro que ninguna ley española puede anular el hecho de que los crímenes contra la humanidad no deberían prescribir.

Pero al final la reputación del Tribunal Supremo no es suficiente para olvidar los hechos que aparecen en la sentencia por la que fue condenado Garzón. Me parece difícil de creer que tantos juristas progresistas hayan dado tan escasa o ninguna importancia a la importancia de la confidencialidad de las comunicaciones de los detenidos con sus abogados. O de que crean que ese derecho puede ser obviado cuando se trata de luchar contra los delitos de corrupción. Me ha recordado lo que se decía en los años 80 desde medios jurídicos conservadores cuando aparecían denuncias de torturas en la investigación de casos de terrorismo. Siempre había una forma de disculpar esos excesos hasta que jueces como Garzón o Joaquín Giménez (uno de los magistrados del Supremo que firmaron su sentencia condenatoria) dijeron de palabra y obra que el fin no justificaba los medios.

Se supone que los principios están por encima de las personas.

Aprovecho la oportunidad para agradecer a todos los que comentaron el artículo sobre la sentencia. En especial, a Samuel por recordarme el caso del periodista de Al Jazeera Taysir Alouny, al que había perdido la pista. O el vergonzoso procesamiento (por Garzón) y condena (por la Audiencia Nacional) del preso ceutí de Guantánamo Hamed Abderramán Ahmed, que tuvo que ser absuelto por el Tribunal Supremo.

El caso es que la mayoría de los comentarios eran críticos con mi posición. No se puede tener razón siempre (¿lo digo por ellos o por mí?).

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14 respuestas a Cuando los jueces no saben sumar

  1. NGV dijo:

    Marchena mismo ha dictado conferencias similares a Garzón en EEUU, la defensa tenía una lista con jueces españoles en su misma situación, hubiera sido un Grand Guignol!

  2. Mackero dijo:

    Y dale con la matraca de considerar crímenes contra la humanidad a los del franquismo; la guerra civil española del 36 y la posguerra fueron menos sangrientas que otras ocurridas por el mundo (Guerra civil norteamericana, guerra civil francesa siguiente a la revolución, etc.) y todas las generaciones posteriores las han olvidado en aras de un futuro en paz y concordia. Todos, menos los herederos físicos e ideológicos ( Rojos)
    de los asesinos en masa rojos del 31 al 36. Qué coñazo, por Dios!

  3. otro dijo:

    No te olvides de la romana, todos la hemos olvidado por un futuro de paz y concordia..

  4. Y dale con la matraca de juzgar los crímenes del franquismo según los crímenes de OTROS regímenes de OTRAS épocas de OTROS países con OTRAS leyes.

  5. Javier dijo:

    Mackero y El Teleoperador, se os ve el plumero.
    Explicación rápida: España ha firmado convenios, pactos y tratados internacionales por los que se ajusta al derecho internacional. Dicho derecho está por encima del derecho interno (lo que incluye la Ley de Amnistía), y dicho derecho así mismo dice que ninguna ley puede hacer prescribir crímenes contra la humanidad.
    Y si no os gusta, os cambiáis de país.

  6. judio dijo:

    La sentencia a Garzón apesta. ¿Es justa?. No lo sé. Yo creo que no.

    Pero en cualquier caso, si la considerásemos justa, ¿por qué no se ha procesado ya al juez del caso Marta del Castillo?. Su juez utilizó los mismos métodos, y que yo sepa (utilizando el mismo argumentario), Carcaño y compañía podrán ser unos hijos de puta malnacidos, pero terroristas no son.

    Lo que aquí hay no es justicia. Es una vendetta de Varela y compañía contra el juez que consideran que meó fuera de tiesto. Y se carga cualquier confianza que yo pudiera tener a estas alturas sobre la justicia española. Que no era mucha, todo hay que decirlo.

    Como dice Gabriela Bravo (qué manera de írsele la lengua), no todos los imputados son iguales.

  7. Atlas dijo:

    «la guerra civil española del 36 y la posguerra fueron menos sangrientas que otras ocurridas por el mundo (Guerra civil norteamericana, guerra civil francesa siguiente a la revolución, etc.) »

    Mentira en ambos casos, y el que se crea que las consecuencias de la Guerra Civil Americana no colean es que no tiene ni pajolera idea de la sociedad norteamericana hoy en día.

  8. parvulesco dijo:

    «todas las generaciones posteriores las han olvidado en aras de un futuro en paz y concordia»

    Mackero, hasta que he llegado aquí pensaba que tu comentario iba en serio. Fina ironía la tuya.

  9. Caja China dijo:

    El manejo hábil de la prescripción es un clásico de la marrullera, camastrona, cobardica justicia española, que tan pronto se la coge con papel de fumar como traga carros y carretas, según el quien, el cuando y el donde. Es una manera de no mojarse, de hacer lo que se quiere sin comprometerse, acogiéndose a una formalidad (que admite interpretaciones como el chicle: apuesto a que si por algún tropiezo la causa de las escuchas no hubiera dado en condena, la prescripción no se habría admitido).
    Igual que con el diverso trato administrado al secreto entre abogado y cliente que seguramente por lo general se considera una formalidad sujeta a errores e interpretaciones, y excusable, excepto cuando hay que sacar la artillería.
    Seguramente la condena es técnicamente defendible (pero entonces no lo es no encausar a los demás jueces que hacen lo mismo), pero a mi ese fundamentalismo repentino con las garantías no me suena sincero.
    Por otra parte, salvo que hayamos perdido el sentido común, el derecho al secreto entre abogado y cliente debería admitir excepciones: lo contrario es dejar las manos libres a los acusados para destruir pruebas, amenazar testigos, saltarse las reglas de la cárcel y la finalidad de la prisión preventiva.
    En algún sitio estará el equilibrio, y las cautelas exigibles a una orden así, pero parece demencial que no pueda existir. Y no creo que ese lugar del equilibrio sea establecer que cuando la acusación es de terrorismo vale todo, y cuando es de otra cosa… pues depende de cómo le caiga el juez a los poderes que le controlan. Que la acusación de terrorismo implique diferencias procesales con cualquier otra acusación, por sí misma y sin más motivos, es de locos. Se entiende que una banda terrorista intenta seguir conspirando desde la cárcel… lo cual es lo mismo que intentará cualquier otra banda o «asociación para delinquir».

  10. «Y si no os gusta, os cambiáis de país.»

    Y si no les gusta, aunque a alguno lo de la libertad de expresión le ponga de los nervios, pues tienen derecho a decirlo, por mucho que a esos les joda. Y si alguno no le gusta que la gente exprese libremente su opinión, pues ese si que se puede ir a Corea del Norte, Siria o China que seguro que allí se va a sentir mucho mas a gusto ¿verdad?

  11. Marcus dijo:

    Bueno, una vez inhabilitado Garzón estaba claro que no valía la pena gastar más dinero ni tiempo.

    Ahora a por el Juez Costa. Que se vaya preparando.

  12. Gabriel Gavina dijo:

    “todas las generaciones posteriores las han olvidado en aras de un futuro en paz y concordia”

    Leer cosas como esta me anima la mañana, qué hartón de reír, rediós.

  13. Glorfindel dijo:

    La mayoría de críticas a tu otro post se centraban no en defender la intervención de las comunicaciones, sino en la calificación de «prevaricación».

    Cuando ante una práctica habitual, en un momento dado la Justicia cambia el criterio, no cabe hacerlo con la virulencia que merecería otro tipo de actuación. No puede ser que algo que lleva haciéndose 20 años sin castigo alguno, de repente y sin aviso, pase a ser castigado con 11 años de inhabilitación.

  14. mar dijo:

    Que cansino, Iñigo, con lo de los derechos fundamentales de los detenidos. Duele leerte. Yo comulgo con todo eso de los derechos fundamentales, pero no me gustan las ruedas de molino. ¿No leiste la parte en que se explica que uno de los abogados ni siquiera era defensor? ¿Ni la parte en la que se advierte de las grabaciones a los abogados? ¿Ni los cambios de abogados?

    Pero es que ademas, la sentencia está escrita por inquisidores que retuercen la lógica: Resulta que Garzón previno al ordenar las escuchas que había que respetar el derecho de defensa, pero lo hizo porque era consciente de que estaba cometiendo un delito en vez de para intentar preservar el derecho de defensa. Lo dice ese tribunal de iluminados por la gracia de Dios, que tiene acceso directo al cerebro de Garzón.

    Pero ademas del caso del juez de Marta del Castillo, que ya te han señalado, que hizo lo mismo y no fue ni siquiera procesado, y que supongo que no sabrás explicar, ¿no te enteraste de la condena de la misma sección del Supremo al juez que hacia sentencias previo pago para el Malayo, Urquia? La sala penal le condena a dos años de inhabilitación, para que vuelva a ser juez. Supongo que dictar sentencias contra inocentes a cambio de 72.000 euros no viola los derechos fundamentales de nadie, por eso el Supremo no le condenó a 11 años de inhabilitacion…

    La sentencia es indefendible, el Supremo apesta, Garzón cae y eso es una advertencia que ningún juez dejará pasar: No te atrevas con el PP, ni con la Gurtel, que ya ves lo que le pasó a ese que era mas famoso y mas poderoso que tú… Eso si, parece que algún derecho fundamental que estaba en peligro ha sido protegido, asi que aplaudamos lo hecho…

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