La general que canta

Cuando Xi Jinping se convierta en el próximo líder de China, en sustitución de Hu Jintao (en octubre al frente del partido comunista y en marzo en la presidencia), aumentarán sus posibilidades de ser más famoso que su mujer. Hasta entonces, no parece que pueda superarla.

No se puede negar que Peng Liyuán tiene voz. Aquí, más imágenes de sus actuaciones.

El uniforme no es un disfraz ni forma parte del vestuario de la gala. Peng tiene grado de general en el Ejército.

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Europeístas de moqueta

Ayer escuché una parte de la intervención de José Ignacio Torreblanca en Hora 25. No pude oírla entera, pero hubo dos respuestas que me dejaron perplejo. En primer lugar, le preguntaron si Grecia había hecho lo que tenía que hacer para continuar recibiendo ayudas de la UE, si había hecho lo que se llama «los deberes». Y dijo que no. Más allá de la distinción entre recortes de gasto público y reformas estructurales, como si lo primero fuera lo fácil, sólo desde la ceguera más absoluta se puede negar la evidencia.

Otra respuesta fue suficiente para entenderlo todo. Torreblanca dijo que el euro es prácticamente el mayor logro de la construcción europea. Parece que todo lo que se hizo antes no tiene mayor importancia. Y ahí es donde empecé a entenderlo todo. Los europeístas de moqueta nunca van a aceptar sus errores. Nunca van a admitir que los desequilibrios estructurales creados con la eurozona iban a dejar a varios países europeos sin armas para enfrentarse a una crisis económica. La eurozona fue un invento perfecto para una época de prosperidad alimentada por las burbujas financiera e inmobiliaria. A partir de ahí, como no se cansa de repetir Krugman, si no puedes devaluar tu moneda, sólo puedes ‘devaluar’ tus salarios y tus precios, precisamente en una época en que la deuda, pública y privada, ha alcanzado niveles insoportables.

Es cierto que los griegos necesitan poner en marcha reformas. Pero cualquier reforma sólo tendrá resultados a largo plazo. Pensar que se van a solucionar de inmediato problemas económicos profundos es absurdo. Pretender que eso enviaría el mensaje correcto a los mercados…, bueno, no creo que a estas alturas haya gente que piense que eso es importante. Los ‘mercados’, si se les puede considerar un sujeto colectivo regido por una sola intención, se fijan más en los hechos que en los mensajes. Y los hechos básicos de la economía griega están a la vista. Una economía hundida en la recesión suele tener problemas para pagar sus deudas.

Hoy se ha sabido que el PIB griego cayó un 7% en los últimos doce meses, según los datos del último trimestre de 2011. Y la receta que la eurozona está exigiendo es más austeridad, es decir, más recesión.

En el año 2000, Grecia tenía el decimocuarto mejor sistema sanitario del mundo, según la OMS. Supongo que en parte gracias a una década de prosperidad ficticia, cortesía de ese gran invento que fue la eurozona, Grecia terminó gastando en 2007 un 9,6% de su PIB en sanidad, justo por encima de la media de la OCDE.

Ahora, los griegos están pagando la crisis con su salud. Hospitales desbordados por la llegada de enfermos que antes podían permitirse la sanidad privada. Recortes en los presupuestos de los hospitales, que ya no pagan las medicinas a las empresas farmacéuticas. Enfermos que tampoco pueden costearse los medicamentos. Pacientes que pagan sobornos para saltarse las listas de espera. Aumento del número de suicidios.

¿Habrá europeístas que crean que los griegos no han sufrido un castigo suficiente? ¿Que es necesario profundizar en la recesión para que purguen sus pecados antes de que pongan en peligro ese maravilloso regalo que fue el euro?

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Cuando los jueces no saben sumar

El juez del Tribunal Supremo Manuel Marchena ha archivado la causa en el Tribunal Supremo contra Baltasar Garzón por la financiación de sus cursos en la Universidad de Nueva York. La causa: el posible delito de cohecho está prescrito porque la querella se presentó 25 días después del plazo límite.

Este es uno de los muchos ejemplos del desprestigio de la justicia en la sociedad española. ¿Sabe sumar Marchena? ¿Necesitaba el recurso del fiscal para saber cuándo se cometió el presunto delito y compararlo con la fecha en que se puso la denuncia?

En mi artículo sobre la condena a Garzón por prevaricación, varias personas me criticaron por no haberme referido al contexto de la ofensiva judicial producida contra él. Es una crítica justa. Decidí centrarme en la sentencia porque eso es lo más importante en cualquier proceso judicial y porque planteaba cuestiones de principios que considero fundamentales. En otros artículos, la gente ha podido encontrar otros argumentos sobre la singular coincidencia de los tres procesos judiciales contra Garzón.

Donde no hay coincidencia ni azar es en la distinta velocidad de esos procesos. El caso por la investigación de los crímenes del franquismo ha avanzado a paso de tortuga reumática porque nadie cree que Garzón pueda ser condenado por él. Bueno, nadie menos los que creen que los crímenes de las dictaduras deben quedar impunes. Con independencia de que a estas alturas dudo mucho de que sea posible entablar un proceso judicial y conseguir condenas por esos hechos, que es el criterio que debe guiar a un juez, está claro que ninguna ley española puede anular el hecho de que los crímenes contra la humanidad no deberían prescribir.

Pero al final la reputación del Tribunal Supremo no es suficiente para olvidar los hechos que aparecen en la sentencia por la que fue condenado Garzón. Me parece difícil de creer que tantos juristas progresistas hayan dado tan escasa o ninguna importancia a la importancia de la confidencialidad de las comunicaciones de los detenidos con sus abogados. O de que crean que ese derecho puede ser obviado cuando se trata de luchar contra los delitos de corrupción. Me ha recordado lo que se decía en los años 80 desde medios jurídicos conservadores cuando aparecían denuncias de torturas en la investigación de casos de terrorismo. Siempre había una forma de disculpar esos excesos hasta que jueces como Garzón o Joaquín Giménez (uno de los magistrados del Supremo que firmaron su sentencia condenatoria) dijeron de palabra y obra que el fin no justificaba los medios.

Se supone que los principios están por encima de las personas.

Aprovecho la oportunidad para agradecer a todos los que comentaron el artículo sobre la sentencia. En especial, a Samuel por recordarme el caso del periodista de Al Jazeera Taysir Alouny, al que había perdido la pista. O el vergonzoso procesamiento (por Garzón) y condena (por la Audiencia Nacional) del preso ceutí de Guantánamo Hamed Abderramán Ahmed, que tuvo que ser absuelto por el Tribunal Supremo.

El caso es que la mayoría de los comentarios eran críticos con mi posición. No se puede tener razón siempre (¿lo digo por ellos o por mí?).

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Grecia tiene una salida, pero no para sus políticos

Este es un gráfico sobre la situación económica de Grecia que da que pensar. Se trata del déficit primario en las cuentas públicas del país, básicamente la diferencia entre ingresos y gastos sin contar con el pago de los intereses de la deuda. Hay varias consecuencias que se pueden sacar de esta evolución.

La primera tiene que ver con el pasado. La posición es relativamente buena antes del año 2000, aunque no debemos prestarle mucha atención. Todo el mundo da por hecho que los gobiernos griegos falsearon las estadísticas económicas sin pudor antes de entrar en el euro. Por mucho que se hayan corregido, no gozan de ninguna credibilidad. Alguien dirá que Italia, sobre todo, y España hicieron algo parecido. Desde luego, no al nivel de Grecia.

En los primeros ocho años, la línea fue acercándose a cero. Otro ejemplo de extrema negligencia económica. En la época en la que el dinero fluía a raudales, los gobiernos no se molestaron en mantener el superávit para hacer caja a la espera de que llegaran las vacas flacas.

Hay que repetirlo otra vez. A pesar de esas patéticas comparaciones de la economía de un Estado con la economía familiar (no procedentes de gente de a pie sin formación; es lo que decía el ministro irlandés de Hacienda de entonces), hay que gestionar las cuentas públicas de forma diferente. En épocas de prosperidad, el Estado no está obligado a asumir grandes responsabilidades de gasto porque la iniciativa privada ya tira lo suficiente de la economía. En épocas de crisis es cuando el Gobierno puede verse obligado a aumentar el gasto público si se deprimen el consumo y la inversión privadas. Eso en el caso de que tenga dinero para hacerlo.

[Recuerdo que hace unos años había gente de izquierdas en España que sostenía que el Estado no puede tener nunca superávit porque si le sobra el dinero, siempre habrá algo en lo que gastarlo, educación, sanidad, infraestructuras… Sin comentarios. Curiosamente, hay gente de derechas que viene a opinar lo mismo, en especial en EEUU. Si hay superávit, es porque el Gobierno ha recaudado demasiado vía impuestos, y por tanto es imprescindible devolver parte de él a través de reducción de la presión fiscal. Otra vez, sin comentarios.]

A partir del 2008, se produce el hundimiento que alcanza niveles pavorosos en 2010, pero podemos ver que a partir de entonces el recorte del gasto público reduce ese déficit de forma significativa. Toda la verdad oficial que el Gobierno y los medios de comunicación alemanes infiltran en la mente de sus austeros ciudadanos no se corresponde con la realidad. Los griegos, que nunca ha sido unos maestros de las cuentas claras, han hecho una parte muy importante de eso que se llama «sus deberes».

El déficit primario se redujo a una cota muy cercana a los 1.000 millones de euros. Quiero suponer que la mayor parte de la diferencia se enjugó gracias al recorte de gasto y al aumento del IVA.

Pero esa cura a base de dosis máximas de aceite de ricino no es sostenible. Los datos de ingresos fiscales de enero lo demuestran. Se esperaba un incremento del 7% y se encontraron con un descenso del 8,9%. La economía está hundida, nadie consume y eso, como era de esperar, ha incidido en la caída de los ingresos del IVA. En enero se recaudó mucho menos que en enero de 2011, cuando la situación no era precisamente alentadora.

Se destruyen más empresas que las que se crean, y estas últimas en su mayoría sólo dan empleo a su creador porque las han puesto en marcha autónomos. La caída de la producción industrial es otro factor revelador.

¿Qué significa la evolución del déficit primario? El Financial Times, en un editorial del pasado viernes, reconocía en primer lugar la magnitud del «radical esfuerzo de austeridad» con el descenso de ocho puntos en el déficit primario entre 2009 y 2011. Y después pasaba a decir que si ese déficit se acerca a cero, acaba la dependencia financiera de Atenas en el caso de que decida declarar una suspensión de pagos (‘default’). El diario lo dice porque ahora la UE (en caso de no tener en cuenta el factor contagio) puede permitirse no seguir enviando dinero a Grecia que los griegos no van a poder devolver.

De alguna manera, el destino de Grecia vuelve a estar en sus manos. Quizá no para abandonar la eurozona, como plantea el FT, pero sí al menos para cuestionar si puede devolver unos préstamos que están ya muy por encima de sus posibilidades. La suspensión de pagos es una opción viable, o la menos mala de un catálogo no muy atractivo.

No nos engañemos. Que nadie piense que la decisión heroica sería adoptar el ‘default’ y que los bancos franceses y alemanes se las arreglen como puedan. Grecia está en bancarrota y cualquier salida exige medidas dolorosas. Dramáticamente dolorosas. Los hay que enseñan a Grecia el camino que adoptó Argentina como una vía perfecta. Será porque han olvidado lo que sufrieron los argentinos.

La suspensión de pagos es por tanto una decisión que debería considerarse en Atenas. Quizá sea mejor que volver a pedir a la UE un carro de millones a cambio de nuevas medidas de austeridad que aumentarán el paro, volverán a deprimir el consumo privado y volverán a reducir los ingresos previstos por el IVA. El volumen de la deuda convierte una tarea titánica en otra sencillamente imposible.

En la noche del domingo, el Parlamento griego ha decidido ignorar esta realidad y continuar con el plan A. 199 diputados han votado a favor del segundo ‘recortazo’ y 74 en contra. La votación ha provocado un cisma en los dos principales partidos.  Papandreu ha expulsado del grupo parlamentario a 23 diputados del Pasok que han votado no. Samaras ha hecho lo mismo con los 21 diputados de su partido, el conservador Nueva Democracia, que se han opuesto.

Entre los expulsados, hay políticos muy importantes de ambos partidos. En el Pasok, uno de sus fundadores, Vaso Papandreu, además de dos ex ministros muy cercanos al actual líder socialista, George Papandreu. En ND, los principales portavoces del partido en temas de defensa e interior.

Samaras quiere elecciones anticipadas en abril y se supone que las conseguirá porque sin ND el Gobierno no tiene mayoría en el Parlamento. Mal momento para convocar elecciones. Los sondeos indican que ningún partido tendrá mayoría absoluta.

La votación se ha producido después de varios días de presiones alemanas. Ya se ha caído el velo. En Berlín, se ha agitado la amenaza de la expulsión (‘voluntaria’, claro) de la eurozona. En Atenas, unos políticos desacreditados al frente de partidos divididos han decidido tragar otra ración extra de austeridad con la intención de tener tranquila a Alemania y de mantener la ficción de que más créditos de la UE y el FMI pueden hacer que de forma milagrosa se recupere la confianza en una economía hundida en la recesión.

Dos años después del inicio de las soluciones europeas para la crisis griega, continúan con distintas versiones del plan A. Hasta ahora ha fracasado y nadie puede extrañarse si vuelve a hacerlo.
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Los disturbios de anoche. Cerca de 15 edificios han acabado en llamas.

Manifestantes lanzan cócteles molotov contra la policía.

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Cosas que hacer en sábado cuando no estás muerto

Como todos sabemos, Internet se inventó para que hubiera vídeos de gatos. Vía Naked Capitalism.

–La película que estábamos esperando. Zombis en Afganistán, incluido Bin Laden.
Los SEAL ya tienen su película propagandística.
–George Lucas insiste: Han Solo no disparó primero.
–500 capítulos después, historias no contadas de Los Simpson.
–Groening no tuvo inconveniente en mancillar a Monty Burns a cambio de la pasta de Coca-Cola.
–Alan Moore y la máscara de Guy Fawkes.
–Efectos ópticos en ‘Ciudadano Kane’ a base de pintura.
Jean Dujardin: un europeo es perfecto para hacer de malo de película.
–No sale gratis eliminar las series de televisión en TVE.
–El gesto ofensivo del dedo corazón es casi tan antiguo como la civilización.
–23 años después, Corea del Norte ya tiene su macrohotel. Casi.
–Sobre el libro de la becaria de JFK, el NYT prefiere cargar contra ella, no contra el presidente.
–Marines orgullosos de su logo de las SS.
–Isla de Peleliu: turismo de la Segunda Guerra Mundial.
–Queremos putas, dicen en Granada. Y una pancarta mejor.
–Entrañables torres demolidas.
–¿Qué fue de los pepinos asesinos?
–M.I.A., carreras de coches y el desierto marroquí.
–Yo también odio la tecla de bloqueo de mayúsculas.

Aún pueden pasar cosas como esta en la NBA. En sus cuatro primeros partidos como titular con los Knicks, Jeremy Lin ha anotado 25, 28, 23 y 38 puntos. A esos 38 puntos de anoche ante los Lakers hay que sumar siete asistencias, cuatro rebotes y dos robos. Las imágenes de arriba son del partido ante los Nets. Lin no fue elegido en el draft y jugaba hasta ahora en la D-League, una competición de promesas de segunda división y veteranos que intentan volver algún día a la NBA. ¡Linmanía! ¡Linsanity!

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El empleo

Hay dos formas de ver la reforma laboral aprobada ayer por decreto por el Gobierno. La primera podría ser la portada de El Mundo. Revolución. Es curioso. Esta palabra se utilizaba antes para otras cosas.

La otra es el corto de animación ‘El empleo’, dirigido por Santiago Bou Grasso. Antes hubiéramos dicho que se trata de una mirada hacia el futuro.

El Empleo / The Employment from opusBou on Vimeo.

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Samuel Aranda, un fotógrafo ‘freelance’

El fotógrafo catalán Samuel Aranda, nacido en Santa Coloma de Gramanet, ha conseguido el primer premio de la edición de este año del World Press Photo. Un triunfo para el fotoperiodismo español, pero sobre todo para los ‘freelance’, los que pelean en cualquier punto del mundo por su cuenta para sacar la mejor imagen, la mejor historia, y venderla a aquellos medios que estén interesados en pagar por periodismo de calidad.

¿Cuántas veces le ha dicho no un medio español a Samuel? Las suficientes como para que comente que espera que «esos editores gráficos que antes no te cogían el teléfono, ahora cojan las llamadas».

Sus fotos de Yemen han aparecido en The New York Times, algunas en la portada. Creo que este fin de semana el dominical de La Vanguardia publica un reportaje suyo.

En la imagen, una mujer yemení vestida con el velo completo abraza a un familiar herido en la represión de las manifestaciones. A pesar de que no vemos ninguno de sus rasgos, no es difícil apreciar la emoción del momento. Cuenta Samuel Aranda:

«Ella no llora ni grita, sostiene al familiar entre sus brazos mientras espera a ser atendida. Refleja la fortaleza de la mujer. No es tan raro. Creo que la imagen que tenemos en los países de Occidente de la mujer del mundo árabe como una persona oprimida no es del todo cierta. En Yemen, en la plaza donde se sucedieron las grandes manifestaciones, las líderes de la revolución son mujeres. En la sociedad yemení, son ellas las que realmente llevan el peso».

Contar más con menos. Sin la carga dramática que arrastran tantas fotos que se centran en el dolor trazado en el rostro de una persona, pero con la misma fuerza.

En La Vanguardia ya han subido su reportaje.

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Griegos, alemanes y nazis

En Grecia están de los nervios. Esta es la portada de uno de los principales diarios del país, llamado Democracia. Lo de «Memorandum Macht Frei» va por «Arbeit Macht Frei» (el trabajo os hará libres). ¿Godwin? Eso no es nada.

El ministro griego de Hacienda, Evangelos Venizelos, aparece vestido de kapo en Auschwitz hablando de la «solución final» para los griegos pobres.

La selección de imágenes es de Der Spiegel.

Titulares y viñetas como estos son provocadores, exagerados y hasta delirantes (en cambio esta pintada es perfecta). Pero es difícil pretender que el diktat económico alemán no saque del baúl todos los fantasmas del pasado. De hecho, algunos de ellos nunca se fueron.

Mientras tanto, en el mundo real un hospital lucha en Atenas contra una bacteria en las peores condiciones materiales posibles:

Greek doctors are fighting a new invisible foe every day at their hospitals: a pneumonia-causing superbug that most existing antibiotics can’t kill. The culprit is spreading through health centers already weighed down by a shortage of nurses. The hospital-acquired germ killed as many as half of people with blood cancers infected at Laiko General Hospital, a 500-bed facility in central Athens.

Jeremy Warner, del Daily Telegraph, escribe que las nuevas exigencias europeas a Grecia sólo esconden la intención de expulsar al país de la eurozona: «Toda la simulación de solidaridad europea se ha abandonado para ser sustituida por la venganza de Shylock».

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Garzón y el derecho de defensa

«La verdad no puede alcanzarse a cualquier precio», dice la sentencia del Tribunal Supremo que ha condenado a Baltasar Garzón a 11 años de inhabilitación por la autorización de escuchas a los abogados de los detenidos de la trama Gürtel. En otras palabras, el fin no justifica los medios en la búsqueda de la justicia. La sentencia es durísima, tanto por los argumentos empleados y el hecho de que sea unánime como por la pena impuesta, pero se limita constantemente a la defensa de un valor imprescindible en una sociedad democrática: el derecho de un detenido a defender su inocencia. Y para ello, un elemento básico es la capacidad del preso para tener una comunicación confidencial con su abogado.

La sentencia no se refiere en concreto a la corrupción desvelada por la investigación judicial. No exonera en ningún caso a los acusados, aunque en un párrafo concreto, plantea una duda sobre todo el trabajo de Garzón en el caso.

«Lo que aquí se examina es una actuación judicial que restringe profundamente el derecho de defensa, que, como se dijo, es un elemento estructural esencial del proceso justo. No se trata de la validez de un elemento de investigación o de prueba, sino de la estructura del proceso penal del Estado de Derecho. La supresión de la defensa no afecta solo a la validez de lo actuado, sino a la misma configuración del proceso».

Sólo es un párrafo que no anula en ningún caso la instrucción judicial. Sin embargo, hay que temerse lo peor y no me cabe duda de que las defensas lo utilizarán para intentar que se declare nulo todo el proceso. El Supremo no se refiere a una prueba en concreto obtenida de forma fraudulenta, sino a «una actuación judicial» que ha restringido el derecho de defensa.

Los errores de Garzón podrían hacer que la corrupción de la Gürtel quedara impune. No es la primera vez que algo así ocurre en la Audiencia Nacional.

La sentencia condena a Garzón por ordenar la grabación y escucha de las comunicaciones en prisión de los detenidos con sus abogados de forma indiscriminada e inmotivada.

Lo hizo con los primeros abogados en base a las sospechas policiales de que «los máximos responsables de la organización continuaban con su actividad delictiva organizada procediendo a nuevas acciones de blanqueo de capitales y a otras actividades que podían implicar la ocultación de importantes cantidades de dinero ilícitamente obtenidas». Y para conseguir ese objetivo, «pudieran estar interviniendo algunos abogados integrados en un despacho profesional cuyos miembros eran conocidos y estaban identificados».

La sentencia establece que Garzón no comunicó a los policías «ninguna precisión respecto a conversaciones que debieran ser excluidas de la grabación, ni tampoco respecto a la imposibilidad de utilizar en la investigación ninguna parte de lo oído en las conversaciones grabadas». Aquí el tribunal comienza a dejar claro que ese derecho a grabar las conversaciones en prisión no es absoluto, ni siquiera en el caso de que existieran sospechas contra algunos abogados.

En el auto Garzón no menciona a ningún abogado en concreto, salvo al letrado ya imputado entonces José Antonio López Rubal, sino a todos los abogados de forma que si los acusados cambiaban de letrado, la orden continuaba en vigor con independencia de la identidad del nuevo abogado: «Es decir, que el acusado (Garzón) sabía que, dado el tenor de su acuerdo y la ausencia de disposiciones o instrucciones complementarias al mismo, en el caso de que los internos designaran nuevos letrados, las comunicaciones que mantuvieran con ellos serían intervenidas, aun cuando al momento de firmar la resolución su identidad fuera desconocida y, por lo tanto, no se pudieran conocer y valorar los indicios que, en su caso, existieran contra los mismos».

Los imputados Correa y Crespo cambiaron de hecho de abogado, el juez los dio por personados en la causa y la autorización a grabar sus conversaciones no se alteró en nada.

El 13 de marzo, los policías presentaron un informe sobre las escuchas practicadas desde el auto del 20 de febrero en el que además pedían su prórroga. En el informe no aparecía ningún indicio sobre «la posible actuación delictiva» de los defensores Ignacio Peláez, José Antonio Choclán, Pablo Rodríguez-Mourullo y Juan Ignacio Vergara». El fiscal da su aprobación a la prórroga pero indica que lo hace «con expresa exclusión de las comunicaciones mantenidas con los letrados que representan a cada uno de los imputados y, en todo caso, con rigurosa salvaguarda del derecho de defensa». Después el fiscal precisa que «una parte importante de las transcripciones se refieren en exclusiva a estrategias de defensa y, por tanto, deben ser excluidas del procedimiento».

Para el Supremo, el fiscal no da carta blanca a Garzón y establece unas limitaciones que el juez en la práctica no tomará en consideración.

Garzón prorroga las escuchas sin establecer más limitaciones que la expresión genérica «previniendo el derecho de defensa». Como para demostrar el delito de prevaricación no es suficiente con que un juez cometa un error contra los intereses del acusado, sino que debe ser consciente de esa ilegalidad, el Supremo reitera que Garzón está vulnerando a sabiendas los derechos de los imputados: «Por lo tanto, y el acusado (Garzón) era consciente de ello, entre las comunicaciones que se iban a intervenir a los internos en el centro penitenciario, imputados respecto de los que había acordado la prisión provisional, se encontrarían, sin excepción alguna, las que mantuvieran con los letrados designados por cada uno de ellos para su defensa, contra los cuales no constaba indicio alguno de actividad criminal».

A partir de ese momento, la sentencia entra en una interpretación garantista de los derechos del detenido que supongo que no será muy popular en España. No lo es porque la gente ya es muy consciente de la extensión de los negocios fraudulentos conseguidos por la trama Gürtel gracias a los Gobiernos autonómicos del PP en Madrid y Valencia. Esas informaciones e indicios no sirven por sí solas para condenar a un acusado, pero sí para que sepamos hasta qué punto llegó la corrupción en España. Creer que nadie puede formarse una opinión hasta que haya una sentencia firme sería como decir que tan sospechoso de corrupción es por ejemplo Fabra como Rajoy, lo que no es el caso.

A efectos de una investigación judicial, el fiscal o la policía pueden partir de la premisa de que el acusado es culpable, pero no el juez. A este le compete que se respete la integridad del proceso judicial, y eso incluye el derecho a la defensa.

De todas formas, ya se vio con la sentencia por el asesinato de Marta del Castillo que el derecho de los presuntos delincuentes a defenderse no es un valor muy extendido en la sociedad española, de hecho ni siquiera en algunos medios de comunicación. La gente parece creer que las garantías existentes en el sistema judicial español están ahí para que los inocentes puedan demostrar su inocencia en el improbable caso de que una serie de circunstancias les conduzcan ante un tribunal.

No, existen también para que los presuntos culpables sobre los que hay una montaña de indicios y pruebas en su contra (vamos a decirlo así, los malos) tengan derecho a la mejor defensa posible. Hasta el punto de que si no tienen dinero para costearla, el Estado se ocupará de ello. Es decir, el Estado (democrático) asumirá la responsabilidad de acusar a esa persona y de defenderla.

La sentencia explica que el secreto de las comunicaciones entre preso y abogado es un elemento imprescindible de la justicia. No es suficiente con decir que ciertos contenidos de esa relación, a los que han tenido acceso la policía y el fiscal si ha sido grabada, no acabarán apareciendo en el sumario, porque «incluso podría producirse una confesión o reconocimiento del imputado respecto de la realidad de su participación, u otros datos relacionados con la misma. Es fácil entender que, si los responsables de la investigación conocen o pueden conocer el contenido de estas conversaciones, la defensa pierde la mayor parte de su posible eficacia».

Si no se respeta eso, el Supremo dice que perdería todo valor el derecho de un acusado a no declarar: «La comunicación con el letrado defensor se desarrolla en la creencia de que está protegida por la confidencialidad, de manera que en ese marco es posible que el imputado, solo con finalidad de orientar su defensa,  traslade al letrado aspectos de su conducta, hasta llegar incluso al reconocimiento del hecho, que puedan resultar relevantes en relación con la investigación».

No es un derecho absoluto. Existen restricciones, dice la sentencia, pero con limitaciones claras que no se dan en este caso. No hay base jurídica suficiente, tampoco una justificación suficiente y no se respetó el principio de proporcionalidad. Al hacerse de forma indiscriminada, no hay pruebas de que «el abogado ha podido desbordar sus obligaciones y responsabilidades profesionales integrándose en la actividad delictiva, como uno de sus elementos componentes». Para eso, se necesitan pruebas e indicios relacionados directamente con cada abogado cuyas comunicaciones dejan de ser confidenciales, y no hay nada de eso en los autos de Garzón.

Sobre las comunicaciones del preso con su abogado en prisión, el Supremo establece criterios muy claros apoyados en sentencias anteriores del Supremo y del Tribunal Constitucional (TC). Es cierto que reconoce que ha habido distintas interpretaciones sobre el artículo 51.2 de la Ley Orgánica General Penitenciaria y su relación con el artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La sentencia 73/1983 del TC dictaminó que las comunicaciones con los letrados «podían ser intervenidas con carácter general por orden de la autoridad judicial y en casos de terrorismo». Esto es lo que ha llevado a distintos puntos de vista sobre si esos requisitos son alternativos o acumulativos. Es decir, si es necesario que se den los dos supuestos o sólo uno de ellos.

Para el Supremo, la interpretación alternativa ya no tiene sentido. «Sin embargo, esta interpretación, que según parte de la doctrina podía obedecer al momento histórico en el que se produce, con un todavía escaso desarrollo de las garantías del sistema democrático implantado en España tras la finalización de la dictadura, fue abandonada algo más de
una década después». La sentencia 183/1994 del TC establece claramente (dado que la Administración Penitenciaria «no tiene posibilidad alguna de ponderar circunstancias procesales que se producen al margen del ámbito penitenciario») que las exigencias son acumulativas.

«Por lo tanto, la exigencia de ambas condiciones no solo supone que la intervención no puede ser acordada por el Director del establecimiento, como al contrario ocurre con las comunicaciones llamadas generales, sino que además, al ser acumulativas, la autoridad judicial solo podrá acordarlas en casos de terrorismo». E incluso en los casos de terrorismo, debe haber indicios de que la relación con el abogado se está empleando para cometer nuevos delitos. Ni siquiera en el caso de los delitos más peligrosos, se puede restringir sin motivo el derecho de defensa.

La defensa de Garzón alegó que no se intervinieron las comunicaciones telefónicas de los abogados, sólo sus reuniones con los acusados en prisión. Para el Supremo, eso demuestra precisamente que «no existía ningún indicio contra ellos».

Otro argumento de la defensa (el fiscal convalidó las decisiones del juez) no tiene peso para el Supremo: la protección de los derechos fundamentales de los imputados corresponde al juez.

De prosperar el punto de vista de Garzón, y aquí coincido plenamente con la sentencia, se produciría una «destrucción generalizada del derecho de defensa», algo incompatible con la Constitución. Con apelar a la gravedad de los delitos investigados, por no hablar del conocido recurso de la «alarma social», y al riesgo de que el preso continuara delinquiendo desde la prisión, cualquier comunicación con sus abogados podría ser intervenida. Los indicios y pruebas que existen contra esa persona justifican su prisión provisional a la espera de juicio, pero no que se puedan grabar siempre sus conversaciones con el abogado.

En su momento, escribí sobre el intento del Gobierno y de los fiscales de la Audiencia Nacional de mantener en prisión a toda costa al etarra De Juana Chaos basándome en la idea de que el derecho de defensa y todo lo que conlleva es un elemento fundamental en una democracia.

No hay excepciones. No las hay en la lucha contra el terrorismo porque el Estado tiene recursos legales suficientes para responder a esa amenaza. No las hay en la lucha contra la corrupción, a pesar de que en este caso la coincidencia con la absolución de Camps plantea un espectáculo bochornoso y hace perder confianza de los ciudadanos en la justicia. No las hay incluso cuando los errores de un juez pueden servir indirectamente para poner en libertad a un puñado de corruptos.

Porque si no es así, si se pueden alterar las garantías constitucionales en función de los delitos cometidos, entonces sí que se puede decir que le llaman democracia, y no lo es.

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Texto íntegro de la sentencia.

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20.45

Comunicado de Baltasar Garzón:

Esta sentencia, sin razón jurídica para ello ni pruebas que la sustenten, elimina toda posibilidad para investigar la corrupción y sus delitos asociados abriendo espacios de impunidad y contribuye gravemente, en el afán de acabar con un concreto juez, a laminar la independencia de los jueces en España.

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Nuevas tecnologías de armamento en la Casa Blanca

Se le ve tan interesado a Obama que igual estaba pensando en llamar al Pentágono: ¿ven cómo no es tan difícil encontrar armas peligrosas que sean baratas?

President Obama hosts White House Science Fair. Did anybody win?

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